Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Norton Arturo Rosa, Pedro Nicasio Rosa, Hipólito Fermín Rosa, Bernardo Rosa, José Ernesto Rosa, Orlando Antonio Rosa, Angela María Rosa, Aracelis Dorotea Rosa y Luis Miguel De los Santos Rosa contra la Sentencia núm. 00432/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el dieciocho (18) de marzo del dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia: interpretó erróneamente el artículo 486, de la Ley 136-03 (TC/0059/13). Derecho a la dignidad humana y derecho al apellido del padre: derechos fundamentales tutelados en la Constitución (TC/0059/13). Suprema Corte de Justicia: ha efectuado una interpretación restrictiva de la Ley núm. 834. Derecho a la identidad y personalidad: debe ser favorable a la persona titular del derecho. Principio de favorabilidad: ninguna ley puede ser interpretada en el sentido delimitar o suprimir el goce y ejercicio de los derechos y garantías fundamentales (TC/0323/17). Protección efectiva de los derechos: fundamento constitucional (art. 8 Constitución). Suprema Corte de Justicia: debió, como órgano judicial garante de la preservación del orden constitucional, evaluar los demás instrumentos normativos que componen el ordenamiento jurídico que reconocen el derecho a la identidad. Derecho a la identidad: fundamento constitucional (art. 55.7 Constitución). Corte Constitucional Colombiana: adopción de criterio. Derecho a la identidad: se desprende el derecho al nombre y al apellido. Derechos fundamentales: se configura vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.