Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Yomaly de la Cruz Guerrero y la entidad Ravermat, S. R. L., contra la Sentencia SCJ-PS-22-3428, dictada el dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintidós (2022), por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: fue realizada en el domicilio del abogado, la misma no tiene validez como punto de partida del plazo (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC; TC/0130/13). Cosa juzgada formal y material: noción (TC/0153/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad satisfechos (art. 53.3 literales a, b y c LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: su admisibilidad está condicionado a la especial trascendencia o relevancia constitucional (art. 53 párrafo LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: se apreciará atendiendo a su importancia para la interpretación, aplicación y general eficacia de la Constitución (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las pretensiones de la parte recurrente están referidas a cuestiones de legalidad ordinaria, concernientes a la mera valoración de elementos probatorios. Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito no satisfecho (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.