Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los sucesores del finado Gregorio Encarnación, señores Adriano Encarnación Medina, Alberto Encarnación Mercedes, Santa Encarnación de los Santos y compartes contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22- 0204, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintidós (2022)
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Sentencia núm. SCJ-TS-22-0204: se trata de un recurso de casación contra una ordenanza de jurisdicción original apelada. Sentencia núm. SCJ-TS-22-0204: no ha resuelto de manera definitiva el objeto litigioso, es decir, que el fondo del caso se encuentra aún pendiente de solución. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la sentencia recurrida no posee la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (TC/0091/12; TC/0430/22). Cosa juzgada formal: definición (TC/0153/17). Cosa juzgada material: definición (TC/0153/17). Juez del Tribunal de Jurisdicción Original: apoderado del caso puede conocer en referimiento de toda medida urgente y de carácter provisional que se deba tomar respecto al inmueble (art. 50 Ley 108-05). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito no satisfecho. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.