Detalle sentencia TC/1206/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 07:05 P. M.

Referencia: TC-01-2012-0048

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el Consorcio Energético Punta Cana Macao, S. A. (CEPM), contra la segunda disposición de la parte capital del artículo 134 de la Ley núm. 125- 01, General de Electricidad, del veintiséis (26) de julio de dos mil uno (2001).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: desistimiento del accionante. Acción directa de inconstitucionalidad: es un mecanismo de control normativo abstracto de la constitucionalidad (TC/0062/12). Acción directa de inconstitucionalidad: autónomo, con independencia y para que su conocimiento ante el Tribunal Constitucional avance y se desarrolle, no precisa de la intervención de ninguna parte. Solicitud de desistimiento: rechaza. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 185.1 Constitución; y 37 LOTCPC). Cosa juzgada relativa: concepto (art. 44 LOTCPC; TC/0281/16). Acción directa de inconstitucionalidad: fue interpuesta por el accionante en contra de la norma impugnada en la especie (TC/0100/13). Denegación de la acción: fundamento legal (art. 44 LOTCPC). Cosa juzgada relativa: sí surte efectos entre el mismo accionante, con el mismo objeto y causa, como sucede en la especie (TC/0100/13; TC/0281/16). Acción directa de inconstitucionalidad: se configura un caso de cosa juzgada. Acción directa de inconstitucionalidad: inadmite.

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10/02/2025
tc-1206-24-tc-01-2012-0048.pdf
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