Detalle sentencia TC/1176/25

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Publicación: Miércoles 12 de Noviembre , 2025 / 06:16 P. M.

Referencia: TC-04-2025-0055

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Inmobiliaria Aneto, SRL, contra la Sentencia SCJ-PS-22-2219, dictada la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0229/21; TC/1222/24; TC/0921/18; TC/0605/17; TC/0392/22; TC/0279/15; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24; TC/0440/24; TC/0489/24). Tutela judicial efectiva y debido proceso: garantía y derecho fundamental (art. 69 Constitución; TC/0535/15). Debido proceso: configuración y alcance (TC/0006/14; TC/0331/14; TC/0427/16). Tutela judicial efectiva: alcance (TC/0489/15). Órganos jurisdiccionales: deben guardar la coherencia de sus decisiones frente a los procesos que intervienen ante ellos a fin de enaltecer la tutela judicial efectiva y debido proceso (TC/0474/17; TC/0625/18). Seguridad jurídica: fundamento constitucional (art. 69.7 Constitución). Seguridad jurídica: se erige en garantía de la aplicación objetiva de la ley (TC/0148/13; TC/0100/13). Principio de legalidad: es uno de los cardinales del Estado de derecho (TC/0006/14). Tribunales: tienen la obligación de mantener la coherencia en sus criterios jurisprudenciales (TC/0718/16). Órganos jurisdiccionales: para evitar una vulneración a la tutela judicial efectiva y debido proceso, es imprescindible que expongan, con una adecuada motivación sus decisiones. Suprema Corte de Justicia: se encontraba apoderada, al mismo tiempo, de dos expedientes que versaban sobre las mismas partes y la misma causa, si bien con objetos distintos. Suprema Corte de Justicia: casó y colocó a las partes en el mismo lugar en que se encontraban previo a dictarse la sentencia que fusiona los expedientes, enviándolas nuevamente al tribunal apoderado del embargo para que decida sobre la solicitud de fusión de expedientes. Suprema Corte de Justicia: su decisión por tratarse de un incidente del embargo inmobiliario, entra potencialmente en contradicción con la sentencia de adjudicación. Tribunal Constitucional: considera que, para salvaguardar la tutela judicial efectiva y debido proceso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia debe evaluar, explicar y exponer si la casación de la sentencia que fusionaba las demandas tiene alguna incidencia o impacto en la solución que tuvo el embargo inmobiliario. Tutela judicial efectiva y debido proceso: vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.

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12/11/2025
tc-1176-25-tc-04-2025-0055.pdf
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