Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Cristina Antonia de la Cruz contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1375, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de abril del año dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC). Recurrente: no ofrece los argumentos necesarios que estén encaminados en mostrar cómo se produjo la conculcación a garantías o derechos fundamentales. Instancia introductoria: carece de las argumentaciones jurídico-fáctico directas. Déficit argumentativo: se configura (TC/0369/19). Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.