Relativos al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia, respectivamente, interpuestos por la señora Elsa Ramírez Lora contra la Resolución núm. 033-2021-SRES-00331, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Fusión de expedientes: procedencia y aplicación al caso concreto (TC/0094/12). Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Perención del recurso de casación: tiene por fundamento la presunción de que el recurrente ha abandonado la instancia en casación. Notificación: domicilio desconocido (art. 69.7 CPC). Recurrente: no cumplió con las actuaciones procesales (art. 8 Ley 3726). Emplazamiento: realizado por la parte recurrente no contemplaba los requisitos correspondientes que requiere el debido proceso (art. 69.7 CPC; TC/0409/24). Suprema Corte de Justicia: hizo una adecuada valoración del acto de emplazamiento, al considerar que este no cumple con el procedimiento de notificación a domicilio desconocido (art. 69.7 CPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Demanda en solicitud de suspensión: carece de objeto e interés jurídico.