Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por las señoras Clara Morel Santana y Minerva Altagracia Morel Santana contra la Resolución núm. 00185/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Inobservancia del plazo: se encuentra sancionada con la inadmisibilidad del recurso (TC/0247/16). Validez de la notificación: debe ser notificada a la persona o en el domicilio del recurrente (TC/0109/24; TC/0163/24). Notificación de la sentencia: agotaron el procedimiento de domicilio desconocido (art. 69.7 CPC; TC/0393/14; TC/0646/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso fue interpuesto fuera de plazo (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.