Detalle sentencia TC/1085/25

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Publicación: Jueves 30 de Octubre , 2025 / 04:09 P. M.

Referencia: TC-04-2024-1023

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por el señor Guillermo Antonio Matos Sánchez, contra la Sentencia núm. SCJ-PL-23- 00010, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.2, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12; TC/0123/18; TC/0109/24; TC/0409/24). Precedente constitucional: resuelve un supuesto fáctico distinto al decidido mediante la sentencia recurrida (TC/0154/19). Acción disciplinaria: se inició bajo una norma legal posteriormente derogada (Ley 301-64). Régimen disciplinario de notarios: modificaciones y establecimiento de nuevo procedimiento en la ley actualmente vigente (Ley 140-15; y Resolución 561-2020). Suprema Corte de Justicia: vigila y supervisa el correcto ejercicio de la función notarial (arts. 52 y 53 Ley 140-15). Colegio Dominicano de Notarios: obligación de colaborar en la tarea de vigilancia y supervisión encomendada por el legislador (arts. 52 y 53 Ley 140-15). Colegio Dominicano de Notarios: no tiene el deber de formular cargos. Derecho de defensa: el Notario tiene derecho a una formulación precisa de cargos (art. 3.3 Resolución 561-2020). Imputaciones contra el notario: estuvieron claras en todo momento del proceso. Precedente constitucional: no violación (TC/0154/19). Precedente constitucional: versa sobre el principio de non bis in ídem y su alcance (TC/0183/14). Principio de non bis in iden: no se configura su vulneración, pues la segunda acción disciplinaria fue inadmitida. Precedente constitucional: no violación (TC/0183/14). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Notario: fue acusado de instrumentar un acto a favor de su cónyuge y por negarse a emitir compulsas de los actos notariales (arts. 16 párrafo I Ley 140-15; 33, 43, 44 y 52 Ley 301-64). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: actuó correctamente al señalar que la sanción de destitución debió ser aplicada de conformidad con la Ley núm. 301-64, vigente al momento de los hechos, esto en virtud del principio de irretroactividad. Recurrente: alegato contradictorio respecto al tipo de acción y la materia de que se trata. Derecho de igualdad: ante la ausencia de argumentación el Tribunal no puede pronunciarse. Suprema Corte de Justicia: interpreto el derecho en favor del titular, garantizándole el derecho al recurso y con ello el doble grado de jurisdicción. Derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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30/10/2025
tc-1085-25-tc-04-2024-1023.pdf
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