Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Landia Sofia Molina Pérez contra la Sentencia núm. 0462/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (arts. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: debe ser notificada a persona o a domicilio de la parte recurrente (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: obligación de identificar y desarrollar las presuntas vulneraciones a derechos fundamentales mediante un escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16; TC/0055/24). Recurrente: no identificó los agravios que supuestamente le ocasionó la sentencia recurrida. Escrito debidamente motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC; TC/0363/17; TC/0476/20; TC/0236/21). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.