Detalle sentencia TC/1023/25

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Publicación: Martes 21 de Octubre , 2025 / 10:19 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0353

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas contra la Sentencia núm. 0030-1643-2024-SSEN-00517, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, el diecinueve (19) de junio del dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0109/24; TC/0406/14; TC/0007/12; TC/0409/24). Accionante: perseguía la modificación de la suma de los haberes otorgados en su provecho. Juez de amparo: inobservó los precedentes constitucionales conforme a los que la acción de amparo de cumplimiento no es la vía judicial efectiva para dirimir lo relativo a la modificación o adecuación de la pensión (TC/0283/23; TC/0234/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principios de autonomía procesal, oficiosidad y celeridad: habilita al Tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: recalificación como un amparo ordinario. Principios de favorabilidad y oficiosidad: permiten al Tribunal recalificar el expediente (arts. 7.5 y 7.11 LOTCPC; TC/0217/18). Doctrina de ilegalidad continuada: su aplicación permite suspender el presupuesto de admisibilidad relativo a la interposición de la acción dentro del plazo legalmente previsto (art 70.2 LOTCPC; TC/0033/16). Derecho a la seguridad social: carácter imprescriptible (TC/0255/20). Acción de amparo: satisfacción del requisito de admisibilidad relativo al plazo (art. 70.2 LOTCPC). Recurso contencioso-administrativo: vía judicial efectiva para pronunciarse sobre la readecuación y ascenso de la pensión solicitado (TC/0091/16; TC/0317/25). Recurso contencioso-administrativo: razones de su eficacia (TC/0030/12). Otra vía judicial efectiva: opera como causal de interrupción civil de la prescripción (TC/0358/17; TC/0344/18). Otra vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad de la acción (art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: inadmite.

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22/10/2025
tc-1023-25-tc-05-2024-0353.pdf
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