Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Juan Manuel Taveras Ureña contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-2385, del veintiséis (26) de agosto de dos mil dos (2022), dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12; TC/0409/24). Derecho de defensa: no se configura su vulneración. Debida motivación de las decisiones: es una de las garantías del derecho fundamental al debido proceso y de la tutela efectiva (arts. 68 y 69 Constitución). Test de la debida motivación: parámetros (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: efectuó una sana administración de justicia al rechazar el recurso de casación y estatuir sobre el fondo conforme al test de la debida motivación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.