Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0320, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el treinta y uno (31) de marzo del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: sentencia que contiene una precisa y correcta identificación de las disposiciones legales que le permiten tomar la decisión, haciendo una explicación adecuada de las disposiciones aplicable (arts. 25, 32 y 60 Ley 41-08). Test de la debida motivación: no vulneración. Debido proceso: no vulneración. Inobservancia y errónea aplicación de la ley: no se configura (arts. 10 y 13 Ley 107-13). Tribunal Superior Administrativo: cumplió con el marco del artículo 139 de la Constitución. Derecho a una indemnización económica: su reconocimiento no vulnera el principio de congruencia (art. 60 Ley 41-08; TC/0599/23). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.