Detalle sentencia TC/0373/25

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Publicación: Viernes 13 de Junio , 2025 / 03:57 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0192

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas contra la Sentencia núm. 0030-03-2024-SSEN-00088, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de febrero del dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0406/14; TC/0007/12). Juez de amparo: inobservó el precedente constitucional de la Sentencia TC/0283/23. Acción de amparo: es inadmisible por la existencia de otra vía judicial efectiva cuando con ella se persiga el aumento, adecuación o reajuste de la pensión (TC/0283/23). Recurso contencioso administrativo: vía judicial efectiva (TC/0234/24). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al Tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Principio de oficiosidad: habilita al Tribunal para otorgar de oficio su verdadera calificación a la acción de amparo como un amparo ordinario. Accionante: pretende el reajuste de la pensión. Tribunal Superior Administrativo: competente para resolver la cuestión. Recurso contencioso administrativo: vía judicial efectiva (TC/0091/16; TC/0283/23; TC/0234/24; TC/0715/24). Otra vía judicial efectiva: opera como causal de interrupción civil del plazo de prescripción (TC/0358/17). Acción de amparo: inadmite.

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13/06/2025
tc-0373-25-tc-05-2024-0192.pdf
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