Detalle sentencia TC/1231/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 07:30 P. M.

Referencia: TC-04-2021-0134, TC-04-2022-0001

Relativo a los recursos de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuestos por Manuel Emilio Cedeño Cedeño y Anyiro Israel Tavárez Berroa contra la Sentencia núm. 04-2020, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de enero del año dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 53 y siguientes LOTCPC). Fusión de expediente: aplicación (TC/0094/12). Principio de celeridad y efectividad: configuración (arts. 7.2 y 7.4 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 69 Constitución). Recurrentes: tuvieron la oportunidad de defenderse en todas y cada una de las instancias y hacer valer sus pretensiones. Suprema Corte Justicia: en su sentencia responden, de manera individualizada, cada medio presentado, apegadas a las normas del ordenamiento jurídico y a la Constitución. Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: correcta ponderación e interpretación de las normas aplicables al caso. Test de la debida motivación: no vulneración. Interceptaciones telefónicas: criterio (TC/0200/13). Principio de legalidad: configuración (TC/0285/17; TC/0183/14). Desnaturalización de los hechos y el derecho y la falta de base legal: no se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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24/02/2025
tc-1231-24-tc-04-2021-0134-tc-04-2022-0001.pdf
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