Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por el Club Paraíso Inc., contra la Sentencia núm. 033-2021-SSEN-00267, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de marzo del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC). Escrito introductorio: carece de motivos claros, no se presentan argumentos sobre la afectación o vulneración de sus derechos fundamentales causada por la decisión cuestionada (TC/0060/22). Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.