Detalle sentencia TC/1208/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 07:07 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0016

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) contra la Sentencia SCJ-TS23-0665, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de junio del dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: habilita al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sentencia (art. 54, numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Acción directa de inconstitucionalidad: se interpondrá contra las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas (arts. 185.1 Constitución; y 36 LOTCPC; TC/0502/21). Recurso contencioso administrativo: su finalidad es determinar si los actos, actuaciones y disposiciones de las autoridades administrativas han procedido contrario al derecho (art. 165.2 Constitución). Suprema Corte de Justicia: se limitó a establecer que la Jurisdicción Contencioso Administrativa era competente para conocer del caso, en razón de que el decreto en cuestión era un acto que carecía de alcance general y efectos normativos. Suprema Corte de Justicia: en aras de motivar de manera adecuada y pertinente la decisión, sí debió consignar la variación del criterio contenido en la Sentencia TC/0502/21. Función pública: definición. Estatuto de la función pública: es un régimen de derecho público basado en el mérito y la profesionalización para una gestión eficiente y el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado (art. 142 Constitución). Mérito y profesionalización: son dos elementos esenciales de la función pública. Carrera administrativa: requerimientos (Ley 14-91). Función pública: los requisitos para entrar a la carrera administrativa se mantienen en la nueva ley (art. 33 Ley 41-08). Carrera diplomática: la ley de función pública instituye un sistema especial de carrera administrativa. Carrera diplomática: definición (art. 55 Ley 630-16). Funcionario de la carrera diplomática: condición. Suprema Corte de Justicia: incorrecta aplicación de la norma. Poder Ejecutivo: facultad de disponer del cargo en cuestión, por tratarse de un puesto de libre nombramiento y remoción, por su naturaleza no precisan que la autoridad nominadora, en este caso el presidente de la República se encuentre obligado (TC/0888/23; TC/0250/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge y anula. Voto particular: Reyes Torres.

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10/02/2025
tc-1208-24-tc-04-2024-0016.pdf
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