Detalle sentencia TC/1166/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 06:25 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0299

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Miguel A. Mercedes Mejía, Máxima G. Mercedes Fortuna, Mari Cruz Mercedes Peralta y Marlyn Elizabeth Mercedes Peralta contra la Sentencia núm. SCJ-0738-2019, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen en todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0007/12). Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13; TC/0472/19). Recurrentes: en ningún momento se han encontrado inhabilitados para rebatir jurídicamente sus argumentos. Suprema Corte de Justicia: constató que la notificación deviene en irregular por no cumplir con los requisitos de validez (art. 68 CPC). Derecho de defensa: no se configura su vulneración. Derecho al debido proceso: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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23/01/2025
tc-1166-24-tc-04-2024-0299.pdf
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