Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Banco Agrícola de la República Dominicana contra la Sentencia SCJ-PS-23-1722, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24). Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Defecto fáctico: criterio (TC/0265/22). Corte a quo: no manifiesta las consideraciones pertinentes que permitan determinar los razonamientos en que se fundamenta la decisión adoptada. Test de la debida motivación: se configura su vulneración. Suprema Corte de Justica: incurrió en una desnaturalización de la documentación introductoria del recurso. Falta de debida motivación: se agrava por el defecto fáctico negativo. Poder de apreciación de las pruebas: criterio (TC/0058/22). Desnaturalización de las pruebas: se configura. Derecho al debido proceso: se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.