Detalle sentencia TC/1122/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 06:17 P. M.

Referencia: TC-07-2024-0197

Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por el Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE) y Manuel de Jesús Jiménez Ortega respecto de la Sentencia núm. 0030- 1642-2021-SSEN-00734, dictada por la Cuarta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo el diecisiete (17) de diciembre del año dos mil veintiuno (2021).

Sumario

Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: procura la protección provisional de un derecho o interés (TC/0232/22). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: solo debe responder a situaciones muy excepcionales (TC/0255/13; TC/0243/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: se debe motivar y probar que se causaría un daño insubsanable o de difícil reparación (TC/0513/19). Demandante en suspensión: no especifica en qué forma y medida el fallo en cuestión le causaría un daño irreparable (TC/0205/23; TC/0110/24). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: debe ser rechazada cuando se refiere a una condena de carácter puramente económico (TC/0040/12; TC/0058/12). Daño irreparable: no se demuestra. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: no ha cumplido con ninguna de las circunstancias excepcionales que pudieren justificarla. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: rechaza.

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23/01/2025
tc-1122-24-tc-07-2024-0197.pdf
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