Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Lorenzo Astwood Sucesores, S. A., contra la Sentencia núm. 2913/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Derecho de defensa: no se configura su vulneración, pues el acto de notificación de la sentencia de apelación fue valido al ser entregado en la oficina del abogado de la recurrente en casación. Parte recurrida: ha conservado su calidad durante todo el proceso. Recurso de casación: le corresponde determinar si el derecho fue bien o mal aplicado y no pronunciarse sobre la valoración de pruebas (TC/0327/17). Tribunal Constitucional: imposibilidad de valorar las pruebas (TC/0423/23). Vicios en la interpretación probatoria: medio de revisión desestimado. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.