Detalle sentencia TC/0708/24

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Publicación: Martes 26 de Noviembre , 2024 / 07:12 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0138

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por María Aurelia Genao contra la Sentencia núm. 1139- 2023-SSEN-00037, dictada por la Presidencia del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santo Domingo el ocho (8) de septiembre del dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC) Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0406/14; TC/0007/12). Juez de amparo: no puede aplicar dos causales de inadmisibilidad. Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al Tribunal para examinar el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo: causales de inadmisibilidad (art. 70 LOTCPC). Notoria improcedencia: notoriedad, se refiere a algo que es manifiesto, y por infundada, que carece de fundamento real o racional (TC/0699/16). Notoriamente improcedente: el asunto se encuentre en la jurisdicción ordinaria (TC/0309/24). Acción de amparo: inadmite.

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26/11/2024
tc-0708-24-tc-05-2024-0138.pdf
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