Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Edesur Dominicana, S.A., contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1514 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo del dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0067/24). Derecho a recurrir: configuración (TC/0006/22). Suprema Corte de Justicia: correcta declaratoria de inadmisibilidad del recurso de casación (art. 5 Ley 3726). Derecho a recurrir: no vulneración. Derecho a la tutela judicial efectiva: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.