Publicación: Miércoles 15 de Julio , 2026 / 03:16 P. M.
Referencia: TC-01-2020-0028
Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Administradora de Fondos de Pensiones Popular, S.A., contra los artículos 47 y 60 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.