Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Diomedes Féliz González contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0511, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Sentencia TC/0046/21: anuló la sentencia recurrida en revisión, por vulneración a la libertad sindical y los principios de igualdad y de seguridad jurídica, y ordeno el envío del expediente. Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia: desconoció un mandato constitucional (art. 54.10 LOTCPC). Tribunal de envío: tiene el compromiso de fallar conforme a la interpretación del Tribunal Constitucional (TC/0296/18). Precedente constitucional: fuerza vinculante (TC/0150/17). Tribunal Constitucional: sus decisiones no solo son vinculantes por el mandato constitucional que así lo expresa, sino también por la función que realiza como órgano de cierre del sistema de justicia constitucional (TC/0360/17). Suprema Corte de Justicia: no debió rechazar el recurso de casación enviado. Tribunal Constitucional: el desconocimiento de sus decisiones conduce, de manera inexorable, a la quiebra del Estado constitucional dominicano. Suprema Corte de Justicia: desconoció un mandato constitucional (TC/0046/21). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.