Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Namphi A. Rodríguez, Domingo Porfirio Rojas Nina y Ángel Julián Serulle y las entidades Fundación Prensa y Derecho, inc., Alianza Ciudadana para la Defensa de los Derechos Fundamentales, inc., y el Consejo Dominicano de Derechos Humanos (CODEH) contra la Resolución núm. 186-01, que aprueba el Contrato de Póliza sobre la Discapacidad y Sobrevivencia para los Afiliados al Sistema Provisional, emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social el veinticuatro (24) de julio de dos mil ocho (2008).
Acción directa en inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; y 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 185.1 Constitución; y 37 LOTCPC; TC/0345/19). Resoluciones con carácter reglamentario: naturaleza (TC/0048/20; TC/0494/21). Principio de administración pública: aplicabilidad (TC/0201/13). Ley núm. 87-01: no establece un plazo que limite el ejercicio del derecho a acceder a una pensión por sobrevivencia. Ley núm. 87-01: no contempla una reserva reglamentaria a favor del CNSS. Contrato de póliza de discapacidad y sobrevivencia: prevista en la Resolución núm. 569-03 vulnera el principio de legalidad y el precedente TC/0405/19. Derecho a pensión por sobrevivencia: naturaleza eminentemente protectora (TC/0583/23). Contratos de póliza: plazo prescriptivo resulta notoriamente lesivo y exageradamente gravoso para los beneficiarios de las pensiones (TC/0820/24). Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS): no solo ha excedido los poderes que le otorga la ley, sino que, además, se ha arrogado atribuciones exclusivas del Congreso Nacional. Derecho a la seguridad social: fijación de topes de edad para fines de cobertura (TC/0405/19). Resoluciones núms. 186-01, 268-06 y 369-02: declaradas inconstitucionales (TC/0405/19). Resolución núm. 569-03: resulta inconstitucional. Resolución núm. 186-01: plazo irracional y breve (TC/0820/24). Derecho a la seguridad social: inherente a la persona (TC/0335/16; TC/0203/13). Cláusulas aprobadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social: son violatorias de los derechos fundamentales. Acción directa de inconstitucional: inadmite, acoge y declara la nulidad. Voto particular: Beard Marcos y Ayuso.